Ver vigencia: Resolución Nº 674/001 de 31/05/2001 numeral 1.
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Otórgase a la firma INCOSUR S.A. la exoneración prevista en el art. 1º
del Decreto Ley Nº 15.548, con la redacción dada por el art. 419 de la
Ley Nº 15.903, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de
US$ 5.608.837, que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos
entre el 1º/05/99 y el 30/04/2001.
En virtud del art. 3º del Decreto Ley Nº 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro
previsto en el Decreto Ley Nº 14.178 art. 9º.
La empresa INCOSUR S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el día
30/04/2002.