RENOVACION DE PERMISO DE PESCA. ESTELLAMAR SA




Promulgación: 03/08/2005
Publicación: 31/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 420

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   El presente Permiso de Pesca Comercial de que se trata quedará sujeto
a todas las normas relativas a la pesca, dictadas o a dictarse y a las
siguientes condicionantes:

-     no podrá capturar las especies declaradas plenamente explotadas,
-     la captura de la especie "tiburón", el número de aletas de dicha
      especie a desembarcar deberá coincidir con el número de piezas
      capturadas en cada viaje;
-     deberá contar con equipo de control satelital V.M.S. (Vessel
      Monitoring System) en las condiciones establecidas en la normativa
      vigente;
-     no podrá realizar operaciones de pesca en aguas internacionales
      administradas por la Comisión para la Conservación de los Recursos
      Vivos Marinos de la Antártida (CCRVMA);
-     deberá ajustarse a las normas de carácter nacional e internacional
      correspondientes en materia de pesca así como todas aquellas
      disposiciones de carácter nacional y Convenios o Tratados
      internacionales que sobre materia pesquera hubieren sido 
      ratificados por la República;
-     deberá cumplir los requisitos sanitarios exigidos por la Dirección
      Nacional de Recursos Acuáticos y por la Directiva de la C.E.E., en
      caso de exportaciones a la Unión Europea; de acuerdo a lo
      establecido en el Art. 27 del decreto N° 149/997, de 7 de mayo de
      1997, deberá embarcar, cuando así lo determine la DINARA, un
      técnico del Organismo a cuenta y cargo de la empresa armadora, a 
      fin de efectuar los controles pertinentes y los muestreos de la 
      captura.
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