TRASLADO DE PLANTA EMISORA. RADIODIFUSION. MILENIUM FM




Promulgación: 09/11/2004
Publicación: 15/11/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1167
   VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) por la cual los señores Jorge Omar Silva Tomas y
Luis García Da Rosa, permisionarios de CX 221 "MILENIUM S.R.L.", que
opera en la frecuencia 92.1 Khz, en la ciudad de Bella Unión del
departamento de Artigas, solicitan autorización para trasladar su planta
emisora desde su actual ubicación a la calle Rivera Nro. 401 entre Paz
Aguirre y Mones Quintela de la citada ciudad.-

   RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1793/001 de 4 
de diciembre de 2001, se revocó la Resolución del Poder Ejecutivo 810/998 
de 9 de octubre de 1998 y se autorizó a la sociedad "MILENIUM S.R.L." el 
uso de la frecuencia 92.1 Mhz. CX 221, de la localidad de Bella Unión,
departamento de Artigas, con una potencia adjudicada de 0.1 kilovatios,
altura media de antena de 30 metros y un área de cobertura de 11
kilómetros en la misma forma precaria y revocable de la adjudicación
anterior.-

   II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 669/004 de 20 de julio
de 2004, se regularizaron las cesiones de cuotas sociales realizadas por 
"FM MILENIUM S.R.L.", estableciendo que su integración actual la
conforman los señores Luis García Da Rosa con veinticinco (25) cuotas 
sociales equivalentes al 83,33% del paquete accionario y Jorge Omar Silva 
Tomas, con cinco (5) cuotas sociales equivalentes al 16,67% del mismo.-

   III) que la actual ubicación de la planta emisora es en la calle 
Joaquín Suárez entre Av. Artigas y Colonia de la ciudad de Bella Unión.-

   CONSIDERANDO: que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado,
tanto desde el punto de vista técnico como jurídico, por cuanto el
traslado solicitado se ajusta a los parámetros técnicos oportunamente
autorizados y no implica una variación del área de servicio de la
estación radiodifusora.-

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley
17.296 de 21 de febrero de 2001 y el Decreto 734/978 de 20 de diciembre
de 1978 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la misma.-

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a los señores Jorge Omar Silva Tomas y Luis García Da Rosa,
permisionarios de CW 221A "MILENIUM FM», que opera en la frecuencia 92.1
Khz, en la ciudad de Bella Unión del departamento de Artigas, a trasladar
su planta emisora desde su actual ubicación, a la calle Rivera Nro. 401
entre Paz Aguirre y Mones Quintela de la misma ciudad.

2

   Determínase que en el caso que dicha emisora en la práctica produjera
interferencias perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya
instalados en la zona, deberá reducir de inmediato la potencia y adoptar
las medidas necesarias para su eliminación, dando cuenta a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones.

3

   Establécese que una vez instalada la planta emisora en la nueva
ubicación, deberá informar tal extremo a la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC), con el fin de proceder a la
inspección técnica habilitante.

4

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos Cumplido, archívese.

BATLLE - YAMANDU FAU
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