ADJUDICACION PROVISIONAL DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL N° 30/2014. DISEÑO, CONSTRUCCION, OPERACION Y FINANCIAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA
VIAL EN RUTA N° 21
VISTO: el procedimiento de Licitación Pública Internacional N° 30/2014 cuyo objeto es el "Diseño, construcción, operación y financiamiento de la infraestructura vial en Ruta No. 21, tramo: Nueva Palmira (344k000)-Ruta No. 2 (358k000) y Ruta No. 24, tramo: Ruta No. 2 (359k000)-Ruta No. 3 (360k000)" en el marco de la Ley N° 18.786 de fecha 19 de julio de 2011 de Contratos de Participación Público Privada.
RESULTANDO: I) Que se han cumplido con todos los aspectos formales requeridos por las normas vigentes para la celebración de este procedimiento. Que en la especie en particular, se dio la más amplia difusión del mismo, cumpliendo así con la publicidad y la transparencia con la cual debe de actuar la Administración en procedimientos competitivos de contratación.
II) Que por resolución ministerial de fecha 11 de noviembre de 2014, se designó una Comisión Técnica para asesorar en todas las etapas del procedimiento de esta Licitación Pública Internacional N° 30/2014.
III) Que con fecha 20 de febrero de 2015, se procedió en acto público a la apertura de ofertas, presentándose los siguientes oferentes: 1°) GRUPO RUTA 21 Y 24 integrado por: CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS S.A. (C.I.E.M.S.A.), CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES S.A. (CVC), HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. (H&G), RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A., MOLINSUR S.A. y TRAXPALCO S.A.; 2°) TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A); y 3°) SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A.
IV) Que analizado por la Comisión Técnica el contenido del Sobre N° 1, por resolución ministerial de fecha 6 de abril de 2015, se dispuso la calificación de las ofertas para la apertura del Sobre N° 2 a los siguientes oferentes: 1°) GRUPO RUTA 21 Y 24 integrado por: CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS S.A. (C.I.E.M.S.A.), CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES S.A. (CVC), HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. (H&G), RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A., MOLINSUR S.A. y TRAXPALCO S.A.; 2°) TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A); y 3°) SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A., estableciéndose la fecha del 9 de abril de 2015 para la apertura del Sobre N° 2.
V) Que la Comisión Técnica, habiendo otorgado las vistas de precepto, emitió su asesoramiento en sus informes de fechas 8, 12 y 20 de mayo de 2015 y 11 de junio de 2015, otorgando la siguiente calificación a los oferentes: 1°) SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A. con 372 puntos; 2°) TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A) con 315 puntos; y 3°) GRUPO RUTA 21 Y 24 integrado por CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS S.A. (C.I.E.M.S.A.), CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES S.A. (CVC), HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. (H&G), RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A., MOLINSUR S.A. y TRAXPALCO S.A. con 305 puntos.
VI) Que por resolución ministerial de fecha 11 de junio de 2015, se dispuso la calificación para la apertura del Sobre N° 3 conforme al asesoramiento de la Comisión Técnica a los oferentes reseñados en el numeral precedente y con los puntajes ahí indicados; disponiéndose la apertura del Sobre N° 3 para la fecha del 16 de junio de 2015.
VII) Que el oferente TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A), interpuso el recurso administrativo de revocación contra la resolución ministerial de fecha 11 de junio de 2015, el cual fue desestimado por resolución ministerial de fecha 8 de julio de 2015 en Expediente N° 2015-10-3-0000872.
VIII) Que producida la apertura del Sobre N° 3, atendiendo a la complejidad del análisis de las ofertas, por resolución ministerial de fecha 17 de julio de 2015, se dispuso una prórroga del plazo a los efectos de la emisión del dictamen de la Comisión Técnica hasta la fecha del 5 de agosto de 2015 de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 18.4 del Pliego de Condiciones Particulares.
IX) Que con fecha 5 de agosto de 2015, la Comisión Técnica habiendo analizado el contenido del Sobre N° 3 recomendó: 1°) calificar el contenido de las ofertas adjudicables de SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A., otorgándole un puntaje de 569 puntos" y de TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A) otorgándole un puntaje de 568 puntos; 2°) Descalificar la oferta del oferente GRUPO RUTA 21 Y 24 integrado por CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS S.A. (C.I.E.M.S.A.), CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES S.A. (CVC), HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. (H&G), RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A., MOLINSUR S.A. y TRAXPALCO S.A.; y 3°) Otorgar un puntaje final total a SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A. de 941 puntos, y a TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A) de 883 puntos, recomendando adjudicar la licitación a la oferta de SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A.; y si dicha oferente resultara adjudicataria, debería presentar -previo a la adjudicación definitiva- el compromiso previsto en la cláusula 6 inciso primero del Anexo IV) del Pliego de Condiciones Particulares; 4°) En defecto de la oferta sugerida adjudicable, en el orden de prelación le sigue la oferta de TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A).
X) Que por resolución ministerial de fecha 5 de agosto de 2015, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 18.786 de fecha 19 de julio de 2011 y artículo 31 del Decreto N° 17/012 de fecha 26 de enero de 2012, se dispuso el envío del dictamen de la Comisión Técnica de fecha 5 de agosto de 2015 a la Unidad de Proyectos de Participación Público Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual no formuló observaciones al referido dictamen, señalando que la oferta económica presentada por el oferente SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A. "está en concordancia con los estudios previos realizados por la Administración Pública contratante y se constata la obtención de Valor por Dinero".
XI) Por resolución ministerial de fecha 11 de agosto de 2015, se confirió a los oferentes la vista prevista en el artículo 31 del Decreto N° 17/012 de fecha 26 de enero de 2012 y cláusula 18.4 del Pliego de Condiciones Particulares.
XII) Que consideradas las evacuaciones de vista presentadas por TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A) y por GRUPO RUTA 21 Y 24 integrado por: CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS S.A. (C.LE.M.S.A.), CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES S.A. (CVC), HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. (H&G), RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A., MOLINSUR S.A. y TRAXPALCO S.A., la Comisión Técnica en su informe de fecha 21 de setiembre de 2015, se ratifica de su dictamen de fecha 5 de agosto de 2015 conforme lo explicitado en el numeral IX.
XIII) Que asimismo, esta Comisión Técnica considera que se estaría en condiciones de dictar resolución superior disponiendo la adjudicación provisional de conformidad con lo establecido en la cláusula 19.1 del Pliego de Condiciones Particulares, a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 18.786 de fecha 19 de julio de 2011 y artículo 32 del Decreto N° 17/012 de fecha 26 de enero de 2012.
XIV) Que el Tribunal de Cuentas de la República (E.E. N° 2015-17-1-0006869, Ent. N° 6449/15) ha tomado la intervención previa que le compete, sin formular objeciones al respecto.
CONSIDERANDO: I) Que se han cumplido con las etapas de procedimiento detalladas precedentemente con sujeción a lo establecido en la cláusula 18 del Pliego de Condiciones Particulares.
II) Que conforme a lo dispuesto en la cláusula 19.1 del Pliego de Condiciones Particulares y a lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 18.786 de fecha 19 de julio de 2011 y artículo 32 del Decreto N° 17/012 de fecha 26 de enero de 2012, la Comisión Técnica consideró que la oferta adjudicable más conveniente corresponde a la presentada por SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A. recomendando, de consiguiente, el dictado de resolución disponiendo la adjudicación provisional; y que en defecto de la misma, en el orden de prelación le sigue la oferta adjudicable de TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A).
III) Que se comparten los fundamentos expresados por la Comisión Técnica en cuanto a la admisibilidad de las ofertas presentadas, sus análisis respecto a las evacuaciones de vistas y peticiones de los oferentes y su recomendación final.
ATENTO: a los fundamentos relacionados y a lo dispuesto en la Ley N° 18.736 de fecha 19 de julio de 2011, Decreto N° 17/012 de fecha 26 de enero de 2012, Decreto N°. 280/012 de fecha 24 de agosto de 2012 y Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
RESUELVE:
Adjudícase en forma provisional a la oferente SACYR CONCESIONES S.L., SACYR CONSTRUCCIÓN S.A. y GRINOR S.A. la Licitación Pública Internacional N° 30/2014 cuyo objeto es el "Diseño, construcción, operación y financiamiento de la infraestructura vial en Ruta No. 21, tramo: Nueva Palmira (344k000)-Ruta No. 2 (358k000) y Ruta No. 24, tramo: Ruta No. 2 (359k000)-Ruta No. 3 (360k000)" en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 18.786 de fecha 19 de julio de 2011 de Contratos de Participación Público Privada, por un plazo de 24 años por un precio de U.I. 3.121:087.650 (unidades indexadas tres mil ciento veintiún millones ochenta y siete mil seiscientos cincuenta).
Establécese que en defecto de la adjudicada provisional, en el orden de prelación le sigue la oferta adjudicable de TEYMA URUGUAY S.A. y JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA (S.A.I.C.A).
Comuníquese al Tribunal de Cuentas, a la Unidad de Participación Público Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Corporación Nacional para el Desarrollo y pase a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para notificar a los oferentes y cumplimiento del procedimiento pertinente.