Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo efectuado por BRONCIS S.A. solicitando prórroga del
Seguro por Desempleo para 6 (seis) de sus trabajadores.
Resultando: I) Que la citada empresa se vio obligada a mermar en sus
actividades debiendo enviar a parte de su personal al Seguro por
Desempleo.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, determinan
que la empresa se vea imposibilitada de reingresar inmediatamente a sus
trabajadores.
Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto Ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las razones
expuestas, para que la empresa continúe efectuando gestiones tendientes a
su reactivación, evitando la pérdida de la fuente de trabajo de su
personal especializado.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el art. 10
del Decreto ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por 60 (sesenta) días, a partir de los respectivos
vencimientos que otorga el Banco de Previsión Social por Seguro de
Desempleo a los 6 (seis) trabajadores de la firma BRONCIS S.A., que se
encuentren en condiciones legales de acceder al mismo.