Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por la empresa Compañía Radioelectrónica
Uruguaya S.A., solicitando la extensión del Seguro por Desempleo de su
personal.
Resultando: I) que la firma el 1º de febrero, se vio obligada a detener
sus actividades enviando a su personal al Seguro por Desempleo.
II) que dicha medida se debió adoptar ante factores coyunturales
adversos, siendo imposible retomar en el momento a sus trabajadores.
Considerando: I) que la empresa está abocada a buscar las soluciones que
le permitan revertir dicha situación.
II) que la misma está considerando y negociando la venta del paquete
accionario de la firma.
III) que es imprescindible para la empresa seguir contando con su
personal especializado en la muy específica rama de actividad que cumple
el establecimiento industrial.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Art. 10
del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por el plazo de 30 (treinta) días el amparo a los beneficios que
otorga el Banco de Previsión Social por Seguro por Desempleo, a los
trabajadores de la empresa Compañía Radioelectrónica Uruguaya S.A. (CRUL
S.A.)