RENUNCIA DE USUARIO DE ZONA FRANCA. NUEVA PALMIRA. MANPRE SRL




Promulgación: 10/06/1983
Publicación: 20/06/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 912
Visto: el desistimiento presentado por "Manpre Sociedad de
Responsabilidad Limitada", a su calidad de usuaria de un sector de la Zona
Franca de Nueva Palmira.

Resultando: I) Que por resolución del 17 de junio de 1981, se otorgó a la
referida firma, la calidad de usuaria, a los efectos de desarrollar las
actividades comprendidas en el artículo 1º inciso A y B de la ley 14.498,
del 19 de febrero de 1976;

II) Que la empresa presentó el día 31 de agosto de 1982, su desistimiento
con solicitud de anulación de la adjudicación efectuada.

Considerando: que no existen razones que obsten a la aceptación de la
gestión en trámite, justificada en cambio por la posibilidad de actuar
útilmente, alegada por la interesada.

Atento: a lo informado por la Dirección de Zonas Francas y la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

                  El Presidente de la República

                             RESUELVE:

1

     Acéptese el desistimiento de la firma "Manpre Sociedad de
Responsabilidad Limitada" a su condición de usuaria en la Zona Franca de
Nueva Palmira, dejándose por lo tanto sin efecto la resolución del 17 de
junio de 1981 por la que se concedió la autorización para su uso.

2

     Encomiéndase a la Dirección de Zonas Francas la adopción de las
medidas necesarias para la ejecución de lo dispuesto.

3

     Publíquese en el "Diario Oficial", notifíquese y pase a la Dirección
de Zonas Francas, a sus efectos

GREGORIO C. ALVAREZ - WALTER LUSIARDO AZNAREZ
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