Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: los contratos que con fecha 9 de febrero de 2010, la Administración
Nacional de Combustibles Alcohol y Portland suscribió con las sociedades
Bizoy S.A. y Civeny S.A. para la exploración - explotación de
hidrocarburos en costa afuera de la República Oriental del Uruguay;
RESULTANDO: que los contratistas solicitaron a la Administración Nacional
de Combustibles Alcohol y Portland una extensión de 90 días para la
constitución de las garantías previstas en la cláusula 30 del contrato
referido en el VISTO;
CONSIDERANDO: I) que según lo informado por la Administración Nacional de
Combustibles Alcohol y Portland el contrato se viene ejecutando a
satisfacción, por lo que entiende favorable hacer lugar a la extensión del
plazo solicitada;
II) que la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear expresa, que
vista la delicada situación en que las empresas adjudicatarias de las
Areas N° 3 y 4 han puesto a la Administración Nacional de Combustibles
Alcohol y Portland, sugiere acceder en forma excepcional a la solicitud de
extensión de 90 días del plazo previsto en los contratos de exploración -
explotación de hidrocarburos costa afuera;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los Decretos - Leyes N° 14181
de 29 de marzo de 1974 y N° 15.242 de 8 de marzo de 1982 y a las
facultades delegadas por la Resolución del Consejo de Ministros N° 506/006
de 30 de junio de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA,
en ejercicio de las atribuciones delegadas;
RESUELVE:
Autorizar en forma excepcional, una extensión de 90 días del plazo
previsto en los numerales 30.1 y 30.2 de los contratos para la explotación
- exploración de hidrocarburos en costa afuera de la República Oriental
del Uruguay suscrito con las sociedades Bizoy S.A. y Civeny S.A.