Otórgase a la Agencia de Desarrollo Económico de Juan Lacaze, referente
al emprendimiento PARQUE INDUSTRIAL JUAN LACAZE, un crédito por el
Impuesto al Valor Agregado incluido en la compra de bienes y servicios que
requiera la operativa del parque industrial a que refiere el art. 12 del
Decreto reglamentario. Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo
procedimiento que rige para los exportadores.