VISTO: la solicitud de la empresa MALTERIA URUGUAY S.A., con número de RUT
211423400019, tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 3 de noviembre de 2008, por la que se declaró promovida la
actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la
optimización de la logística de operación;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por MALTERIA URUGUAY S.A.,
da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998 y la Resolución del Poder Ejecutivo No. 1.248, de 10 de
agosto de 2010;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVEN:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de noviembre de
2008, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa MALTERIA URUGUAY S.A., tendiente a la optimización
de la logística de operación por un monto de UI 9.518.291.