VISTO: la solicitud de la empresa GALOFER S.A., con número de RUT
215341860019, tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 8 de setiembre de 2008, por la que se declaró promovida la
actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la
instalación de una central de cogeneración de vapor y energía eléctrica a
partir de biomasa;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12°. de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería,
decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por GALOFER S.A., da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998 y la Resolución del Poder Ejecutivo No. 1.248, de 10 de
agosto de 2010;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVEN:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de setiembre de
2008, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa GALOFER S.A., tendiente a la instalación de una
central de cogeneración de vapor y energía eléctrica a partir de biomasa,
por un monto de UI 28.768.828.