A efectos de la aplicación de la exoneración de los tributos a la
importación del equipamiento previsto en el proyecto de inversión que se
declara promovido por el presente Decreto y del crédito por el Impuesto al
Valor Agregado incluido en la adquisición en plaza de maquinarias y
equipos (bienes de activo fijo) y otros elementos necesarios para la
inversión proyectada prevista en el mismo, la Dirección Nacional de
Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería, certificará a
los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su
adecuación al proyecto declarado promovido.-