MODIFICACION DE LA DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. AIR LIQUIDE URUGUAY S.A.




Promulgación: 10/10/2012
Publicación: 18/10/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1058
VISTO: la solicitud de la empresa AIR LIQUIDE URUGUAY S.A., con número de
RUT 210058770011, tendiente a que se modifique la Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 30 de marzo de 2012, que se declaró promovida la
actividad de su proyecto de inversión;-

RESULTANDO: I) que la empresa solicita la modificación del numeral 4° de
la mencionada Resolución, presentando un nuevo cronograma de ejecución de
sus inversiones y la inclusión del beneficio de Exoneración de Recargos de
Importación para determinados bienes previstos en el proyecto original que
fueron declarados no competitivos de la industria nacional;-

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 de 28
de marzo de 1974, en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998, en el
Decreto 455/007 de 26 de noviembre de 2007 y en la Resolución del Poder
Ejecutivo de 10 de agosto de 2010;-

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
                 en ejercicio de atribuciones delegadas,

                                RESUELVEN:

1

 Modifícase la Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de marzo de 2012, por
la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de la
empresa AIR LIQUIDE URUGUAY S.A., en el sentido de exonerar en forma total
a la misma de todo recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares,
Impuesto Aduanero Único a la Importación, y en general todo tributo cuya
aplicación corresponda en ocasión de la importación del equipamiento
previsto en el proyecto y declarado no competitivo de la industria
nacional, cuyo listado figura en el cuadro de inversiones aprobado.-

EDGARDO ORTUÑO - FERNANDO LORENZO
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