Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: IX 1873-75
CODIGO RURAL (aprobado por Ley N° 1.259)
Los encargados de tablada son jefes de sus respectivas oficinas y son responsables para ante el Administrador de todas las faltas que se cometan. Si el Administrador les diese cualquier orden, que en su concepto pueda comprometerlos, deben exigir les sea dada por escrito.Ayuda