CODIGO GENERAL DEL PROCESO (aprobado por Ley N° 15.982)
Procedencia.- El recurso de casación procede contra las sentencias dictadas en segunda instancia por los Tribunales de Apelaciones en lo Civil y del Trabajo así como por los Juzgados Letrados de Primera Instancia, sean definitivas o interlocutorias con fuerza de definitivas.Ayuda