CODIGO GENERAL DEL PROCESO (aprobado por Ley N° 15.982)
Improcedencia. No procede el recurso de casación: 1) Contra las sentencias que decreten medidas cautelares; 2) Contra las sentencias recaídas en asuntos que admiten un proceso posterior sobre la misma cuestión; 3) Contra las sentencias recaídas en asuntos cuyo monto no superare un importe equivalente a 1.500 Unidades Reajustables.Ayuda