Texto original
Promulgación: 18/10/1988
Publicación: 14/11/1988
CODIGO GENERAL DEL PROCESO
(aprobado por Ley N° 15.982)
Artículo 367
Escrituración forzada.-
Es el proceso en el que se demanda el cumplimiento de la obligación
de escriturar establecida en las promesas de enajenación de inmuebles a
plazos o equivalentes, o de casas de comercio, inscriptas en los
Registros respectivos y procede disponerla si se justificaran por el
actor las exigencias de hecho y de derecho requeridas al efecto.
El mismo procedimiento se seguirá para el otorgamiento del Reglamento
de Copropiedad de inmuebles en régimen de Propiedad Horizontal cuando la
ley dispone que el tribunal realice dicho otorgamiento (artículo 18 de la
Ley Nº 10.751, de 25 de junio de 1946, en la redacción dada por el
decreto ley Nº 14.560, de 19 de agosto de 1976).
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