CODIGO GENERAL DEL PROCESO (aprobado por Ley N° 15.982)
Caracteres del arbitraje 474.1 El arbitraje será voluntario o necesario; en este último caso se impone por la ley o por convención de las partes. 474.2 Las partes podrán hacer decidir por árbitros las controversias surgidas entre ellas durante un juicio y cualquiera sea el estado de éste.Ayuda