Texto original


Promulgación: 18/10/1988
Publicación: 14/11/1988

CODIGO GENERAL DEL PROCESO
(aprobado por Ley N° 15.982)

Artículo 475

    Alcance de la cláusula compromisoria.-
    La cláusula compromisoria supone la renuncia a hacer valer ante la
jurisdicción ordinaria las pretensiones referidas en dichas cláusulas, las
que se someten a la decisión de los árbitros. (*)
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