Texto original


Promulgación: 18/10/1988
Publicación: 14/11/1988

CODIGO GENERAL DEL PROCESO
(aprobado por Ley N° 15.982)

Artículo 505

    Procedimiento aplicable

    En el arbitraje singular, serán aplicables las disposiciones del
presente Título en cuanto sean compatibles con la simplicidad del
procedimiento y el carácter de cargo de confianza de que queda investido
el árbitro designado. 
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