Texto original


Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994

CODIGO CIVIL
(aprobado por Ley N° 16.603)

Artículo 2374

    Son nulos todos los actos ejecutados por el deudor relativamente a los
bienes de que ha hecho cesión o de que se ha abierto concurso a los
acreedores. 
Ayuda