(aprobado por Ley N° 9.155)


Texto original


Promulgación: 04/12/1933
Publicación: 20/12/1933

CODIGO PENAL

Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).

Artículo 172

   (Circunstancias agravantes)
   Son circunstancias agravantes:
   1.o El que la violencia o amenaza se ejerciera por más de tres personas
y menos de quince.
   2.o El que la violencia o amenaza se ejecutare contra más de dos
funcionarios o contra un cuerpo político o administrativo, de
organización jerárquica o colegiada, o contra un funcionario del orden
judicial.
   3.o El que la violencia o amenaza se efectuare con armas.
   4.o La calidad de jefe o promotor.
   5.o La elevación jerárquica del funcionario ofendido.
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