TITULO IV - DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Y PRESTADORES DE
ASISTENCIA MEDICA CAPITULO I - DERECHOS DE LOS SOCIOS O AFILIADOS A UNA INSTITUCION DE
SALUD
Artículo 157
Afiliación obligatoria de embarazadas.-
Las I.A.M.C. no podrán rechazar solicitudes de afiliación de
embarazadas.
Fuente: Decreto No. 457/988 de 12 de julio de 1988, artículo 24º.