APROBADO POR DECRETO N° 9/990




Promulgación: 24/01/1990
Publicación: 01/06/1990
TEXTO ORDENADO DEL PLIEGO DE CONDICIONES DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD PARA LA CONSTRUCCION DE PUENTES Y CARRETERAS
. Aprobado/a por: Decreto Nº 9/990 de 24/01/1990.
Referencias a toda la norma

SECCION III
ANEXO II - APOYOS ELASTOMERICOS

SECCIÓN 3-ANEXOII

   AII-1 Descripción 

   En esta especificación se dan las normas relativas a las
características de los materiales, instalación y forma de pago de los
apoyos, constituidos por una o más placas de elastómero entre las cuales
se intercalan chapas metálicas para restringir la deformación de las
primeras y con chapas metálicas también entre el elastómero y el hormigón
garantizando asimismo que no se producirán desplazamientos relativos
entre chapa metálica y placa de elastómero.
   Las dimensiones de los apoyos, así como el número de placas que lo
componen serán establecidas en los planos del Proyecto.

   AII-2 Colocación 

   Los apoyos compuestos por placas elastómero y chapas metálicas deberán
colocarse sobre una superficie perfectamente plana y horizontal.
   Para comodidad de la preparación de esta superficie se preverá una
sobreelevación sobre la superficie de la precisión bancada de apoyo, que
servirá para ajustar con la horizontal del área plana propia de cada
aparato de apoyo.
   Esta sobreelevación se realizará picando la superficie de la bancada y
moldeando luego una placa de mortero de cemento (cemento 1, arena gruesa
2) de la dimensión del apoyo más un reborde mínimo de un centímetro en
todo el contorno.
   El espesor de esta placa de mortero debe ser tal que teniendo en
cuenta, el espesor del apoyo, la separación entre el fondo de viga y la
bancada de apoyo sea como mínimo de cuatro centímetros. Cuando el espesor
exceda de tres centímetros, se dispondrá una malla de 0=4 mm. y 50 mm. de
abertura como armadura de la placa de mortero.
   Los apoyos se colocarán preferentemente sobre el mortero todavía
fresco, a fin de obtener un asiento bien uniforme.

   AII-3 Ensayos para la Recepción 

   Cuando los apoyos estén constituidos por un compuesto de neopreno
moldeado por acción del calor bajo presión, deberán ser especialmente
fabricados para puentes y deberán responder a las exigencias indicadas en
el cuadro adjunto que correspondan al grado de dureza indicado en el
Proyecto.
   Se extraerá una probeta adecuada para cada ensayo por cada cuatro (4)
apoyos completos.
   Si la Dirección lo considera necesario podrá modificar la cantidad de
probetas a ensayar y deberán entregársele con la debida anticipación las
muestras dadas las dificultades para hacer esos ensayos.
   La Dirección se reserva el derecho de interpretar el resultado de los
ensayos y fundamentar la aceptación o el rechazo del material en base a
los mismos o a resultados de ensayos no previstos en esta Especificación.
   Características de Neopreno

     PROPIEDADES FISICAS                       GRADO  DUREZA
                                                 60     70

1°)   Propiedades físicas originales
      Dureza (ASTM D-675)                    605          70
      Resistencia a la tracción
      (ASTM D-412)
      Mínimo (Kg./cm2)                       175         175
      Alargamiento a la rotura
      Mínimo (%)                             350         300

2°)   Comportamiento de bajo
      envejecimiento acelerado
      (ASTM D-573); Calentamiento
      con estufa a 100° durante 70 hs.
      Variación de la Dureza                0 a 15      0 a 15
      Variación de la Resistencia a
      tracción                                  15          15
      Variación del alargamiento a la 
      rotura Máximo (%)                        -40         -40

3°)   Resistencia en el Ozono 
      (ASTM D-1149): 100 ppm. en 
      volumen aire, 20% deformación,
      38 1°C, 100 horas)               No se agrieta   No se agrieta

4°)   Deformación residual por
      comprensión (ASTM D-395);
      Método B 22 horas a 70° C)
      Máximo                                    25          25

   AII-4 Bases de Pago

   Los apoyos y todos los gastos inherentes a su colocación no serán
objeto de pago por separado; su precio se considera incluido en los
Rubros de Puente.

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