APROBADO POR DECRETO N° 150/012




Promulgación: 11/05/2012
Publicación: 17/05/2012
Aprobado/a por: Decreto Nº 150/012 de 11/05/2012 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Decreto Nº 150/012, artículo 3:
 ver referencias normativas al TOCAF 1996
Referencias a toda la norma

TITULO VII - DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 156

   Los montos establecidos en las presentes disposiciones serán
ajustados durante el transcurso del mes anterior al inicio de cada año, de
acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo habida desde
noviembre de 2010 hasta noviembre del año corriente, por parte del
Instituto Nacional de Estadística, la que redondeará su monto a millares,
lo publicará en su sitio web y lo comunicará a la Agencia de Compras y
Contrataciones del Estado para su publicación en el sitio web de Compras y
Contrataciones Estatales.
   Para la determinación del monto de cada gasto se incluirá el Impuesto
al Valor Agregado

   Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 586 con la redacción dada
por el artículo 53 de la ley 18.834 de 4/nov/011.

(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s 
FUENTE: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 586.
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