TÍTULO 4 - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IRAE) Capítulo XV - CONTRATO DE CRÉDITO DE USO
Artículo 109-T4
Contrato de crédito de uso sobre inmuebles rurales (Ley N° 18.219).- Los contratos de crédito de uso sobre inmuebles rurales, comprendidos en la Ley N° 18.219 de 20 de diciembre de 2007, destinados a la actividad agropecuaria, tendrán el mismo tratamiento tributario que los arrendamientos rurales.
Fuente: Ley 18.219 de 20 de diciembre de 2007, artículo 8°. (Texto
integrado).