TÍTULO 19 - IMPUESTO A LAS TRASMISIONES PATRIMONIALES (ITP)
Artículo 10-T19
Fideicomisos de garantía.- Exonérase del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP) a las transmisiones de bienes gravadas realizadas en cumplimiento de un fideicomiso de garantía.
Dicha exoneración se aplicará a la parte enajenante y a la parte adquirente, tanto en la transmisión original de los bienes al fideicomiso, como en la transmisión posterior al fiduciante.
Fuente: Ley 17.703 de 27 de octubre de 2003, artículo 42° (Texto
integrado).