TÍTULO 4 - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IRAE) Capítulo XVII - VARIOS
Artículo 122-T4
Fondo Nacional de Garantía.- Créase el Fondo Nacional de Garantía destinado a garantizar los créditos que se otorguen a las micro y pequeñas empresas ya existentes o a aquéllas que pretendan establecerse.
El 20% (veinte por ciento) del producido mensual de los pagos establecidos por el inciso primero del artículo 116° de este Título, constituirá, hasta la suma equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América), el Fondo Nacional de Garantía.
Fuente: Ley 18.083 de 27 de diciembre de 2006, artículo 3°.