APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION III - DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
Capítulo IV - Facultades de la Dirección General Impositiva

Artículo 124-T1

   Secreto bancario. Ley N° 19.484.- El secreto profesional previsto en el artículo 25° del Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982, no será oponible a la Dirección General Impositiva (DGI) para el ejercicio de las atribuciones consagradas en el Capítulo I de la Ley N° 19.484, de 5 de enero de 2017.

   Fuente: Ley 19.484 de 5 de enero de 2017, artículo 16° (Texto
   integrado).
Referencias al artículo
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