APROBADO POR DECRETO Nº 101/024


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION III - DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
Capítulo IV - Facultades de la Dirección General Impositiva

Artículo 126-T1

   Datos personales. Ley N° 19.484.- A los efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley N° 19.484, de 5 de enero de 2017, no regirán las limitaciones dispuestas en la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008.

   Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26° de la Ley N° 18.331, toda persona podrá solicitar el acceso a sus datos en poder de la Administración Tributaria con la finalidad de controlarlos, verificarlos y rectificarlos.

   Fuente: Ley 19.484 de 5 de enero de 2017, artículo 18° (Texto
   integrado).
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