APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 17 - IMPUESTO A LOS INGRESOS DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS (IIEA)
Capítulo VI - Otras disposiciones

Artículo 13-T17

   Derogación y adecuación de alícuotas.- Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer la fecha a partir de la cual quedará derogado el Impuesto a los Ingresos de las Entidades Aseguradoras (IIEA).

   Facúltase, asimismo, al Poder Ejecutivo a disminuir las alícuotas del citado tributo a efectos de favorecer el tránsito gradual hacia su derogación.

   Ambas facultades se ejercerán tomando en consideración las metas fiscales establecidas.

   Fuente: Ley 18.083 de 27 de diciembre de 2006, artículo 2° (Texto
   parcial, integrado).

Referencias al artículo
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