TÍTULO 10 - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) Capítulo VIII - Exoneraciones
Artículo 44-T10
Mecanismo administrativo para contratistas y firmas consultoras que intervengan en la ejecución de las obras del proyecto de saneamiento urbano de la ciudad de Montevideo.- Al solo efecto de la liquidación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), acuérdase a los contratistas y firmas consultoras que intervengan en la ejecución de las obras del proyecto de saneamiento urbano de la ciudad de Montevideo (Decreto-Ley N° 15.246, de 2 de marzo de 1982), un mecanismo administrativo similar al que rige para los exportadores.
Fuente: Decreto-Ley 15.566 de 1° de junio de 1984, artículo 3° (Texto
integrado).