TÍTULO 10 - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) Capítulo VIII - Exoneraciones
Artículo 46-T10
Firmas consultoras. Programa de Saneamiento Ambiental de la Ciudad de la Costa.- Las firmas consultoras que intervengan en el programa a que hace referencia el artículo anterior estarán exoneradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por los servicios que presten en relación directa al programa exclusivamente en su parte financiada con endeudamiento externo.
Fuente: Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, artículo 489° (Texto
integrado).