TÍTULO 10 - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) Capítulo IX - Otras devoluciones y créditos
Artículo 71-T10
Devolución de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en compras en plaza e importaciones destinados a fabricación de combustibles derivados del petróleo, excepto fueloil y gasoil, entendiéndose por combustibles los bienes cuyo destino natural es la combustión.- Establécese un régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las compras en plaza e importaciones de bienes y servicios destinados a la fabricación de los bienes incluidos en el literal E) del numeral 1) del artículo 38° de este Título.
Fuente: Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 660° (Texto
integrado).