TÍTULO 10 - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) Capítulo IX - Otras devoluciones y créditos
Artículo 84-T10
Franquicias fiscales a actividades declaradas de interés nacional.- Las franquicias fiscales que se otorguen a las actividades que se declaren de Interés Nacional, en forma total o parcial comprenderán: otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en la adquisición, o arriendo con opción a compra, de determinados bienes del activo fijo.
El monto y el plazo de las franquicias a que se refiere este artículo, serán establecidos por el Poder Ejecutivo previo dictamen de la Unidad Asesora prevista en el Decreto-Ley N° 14.178, de 28 de marzo de 1974.
Fuente: Decreto-Ley 14.178 de 28 de marzo de 1974, artículo 8° (Texto
parcial, integrado).
Ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, artículo 446° (Texto
integrado).