APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 10 - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
Capítulo IX - Otras devoluciones y créditos

Artículo 84-T10

   Franquicias fiscales a actividades declaradas de interés nacional.- Las franquicias fiscales que se otorguen a las actividades que se declaren de Interés Nacional, en forma total o parcial comprenderán: otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en la adquisición, o arriendo con opción a compra, de determinados bienes del activo fijo.

   El monto y el plazo de las franquicias a que se refiere este artículo, serán establecidos por el Poder Ejecutivo previo dictamen de la Unidad Asesora prevista en el Decreto-Ley N° 14.178, de 28 de marzo de 1974.

   Fuente: Decreto-Ley 14.178 de 28 de marzo de 1974, artículo 8° (Texto
   parcial, integrado).
   Ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, artículo 446° (Texto
   integrado).
Referencias al artículo
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