APROBADO POR DECRETO Nº 101/024


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 4 - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IRAE)
Capítulo XIII - LEY FORESTAL

Artículo 96-T4

   Derecho a devolución.- Lo dispuesto en los dos artículos precedentes no dará derecho a devolución por impuestos abonados con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 17.843, de 21 de octubre de 2004.

   Fuente: Ley 18.083 de 27 de diciembre de 2006, artículo 3°.
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