En Uruguay contás con una ley sobre control y tratamiento de la diabetes y otras enfermedades no trasmisibles
Ley N° 19.798 de 13/09/2019.
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(Actualizado: octubre, 2019)

GUÍA NORMATIVA:

Ley N° 19.798 de 13/09/2019

¿Sabías que…
en nuestro país se aprobó una ley para el control y atención integral de la salud de las personas con diabetes y otras enfermedades no trasmisibles?

Dicha ley establece, dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud, medidas para mejorar el control y tratamiento de las Enfermedades No Trasmisibles, el acceso al cuidado y a la atención de la población, especialmente en personas con diabetes.

¿Qué obligaciones se ponen a cargo de los prestadores de servicios de salud?

Los prestadores públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud deberán:

  • Educar, brindar tratamiento y realizar el control sanitario de la diabetes y otras enfermedades no trasmisibles;
  • Establecer actividades de promoción en salud, prevención en factores de riesgo, diagnóstico gratuito, atención y tratamiento.

¿Quién asegura la continuidad del proceso de asistencia?

Los prestadores integrales de salud están obligados a asegurar la continuidad, calidad y actualización de la asistencia mediante equipos interdisciplinarios que se ocupen en forma integral de la salud de las personas con diabetes y demás enfermedades no trasmisibles.

¿Tienen alguna ayuda las personas con diabetes?

Si, aquellas personas con diabetes que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica acceden a una alimentación saludable del Instituto Nacional de Alimentación.

¿Quién es el encargado de actualizar las políticas de salud e investigación?

El Ministerio de Salud Pública con la participación de usuarios,  sociedades científicas, instituciones académicas y otros organismos, creándose la Comisión Honoraria de Enfermedades Crónicas no Trasmisibles.

¿Existe algún impedimento laboral para las personas con diabetes?

No, la persona con diabetes no se encuentra inhabilitada para el ingreso o desempeño de ninguna actividad laboral, educativa o deportiva ya sea pública o privada.

Deberá obtener la documentación que la habilita para la actividad laboral o deportiva emitida por el médico tratante, quien determinará si existe riesgo laboral por la tarea, así como su aptitud laboral para realizarla.

¿Tienen algún permiso especial durante su actividad?

Podrán alimentarse, controlarse y tomar su medicación de acuerdo a las indicaciones del médico de referencia (tratante o del lugar donde trabaja).

¿Y qué pasa con las personas privadas de libertad?

El Instituto Nacional de Rehabilitación se encargará de darles educación sobre su enfermedad, alimentación adecuada así como los elementos necesarios para su tratamiento y autocontrol.

persona haciendose un test rápido de Diabetes
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