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(Tarifas vigentes a partir del 15 de julio de 2019)
Publicaciones |
Tarifas por Aviso (1) | ||
Apertura de Sucesiones – Procesos Sucesorios, Niñez y Adolescencia, Procesos Concursales | 6.631,00 (*) | ||
Disolución y Liquidación de Sociedades Conyugales | 11.288,00 (*) | ||
Disolución de Sociedades Comerciales, Licitaciones | 1.471,00 (*) | ||
Divorcios, Incapacidades, Segundas Copias, Venta de Comercios, Unión Concubinaria, Dirección de necrópolis | 3.619,00 (*) | ||
Información de Vida y Costumbres, Llamado a Acreedores, Pago de Dividendos, Propiedad Literaria y Artística, Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades Anónimas (aclaraciones) | 187,00 (*) | ||
Edictos Matrimoniales | 560,00 (*) | ||
Publicaciones |
Tarifa por cm (2) | ||
Convocatorias, Expropiaciones | 166,00 (*) | ||
Emplazamientos | 180,00 (*) | ||
Prescripciones | 197,00 (*) | ||
Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades Anónimas (Estatutos, Reformas y Consorcios), Estatutos de Cooperativas | 1.239,00 (*) | ||
Avisos Varios, Remates | 204,00 (*) | ||
Publicaciones |
Tarifa por página (3) | ||
Balances | $ 20.426.00 (*) | ||
Información complementaria |
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Apertura de Sucesiones – Procesos SucesoriosDe acuerdo con lo dispuesto por los artículos 3º y 4º de la Ley 16.044 de 23 de mayo de 1989, se publica un extracto del edicto judicial conteniendo: nombre de los autos sucesorios, ficha, año, lugar, fecha y actuario. Se publica a texto completo, si se emplaza por un plazo diferente a 30 o 90 días, si hay un emplazamiento específico a persona/s o si se trata de una herencia yacente. |
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Disolución y Liquidación de Sociedades ConyugalesEn cumplimiento de los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley 16.044 de 23 de mayo de 1989, se publica un extracto del edicto judicial conteniendo: nombre de los cónyuges, ficha, año, lugar, fecha y actuario. Se publican a texto completo las que se efectúan “bajo beneficio de emolumento”, (Art. 2014 Código Civil). Tal condición debe constar en el texto del aviso. |
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Propiedad Literaria y ArtísticaSe cumple lo establecido en el artículo 9 del Decreto 154/004 de 3 de mayo de 2004. |
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Edictos MatrimonialesArtículo 3 de la Ley 9.906 de 30 de diciembre de 1939 y el artículo 92 del Código Civil. |
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(*) Precios con IVA 22% incluido. |
Todos los avisos judiciales donde conste:
Edictos Matrimoniales – In Extremis. Procesos Concursales – art. 21 de la Ley 18.387 de 23 de octubre de 2008 (no comprende los financiados con créditos a la masa).Rectificaciones de Partidas – art. 340 de la Ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990. Prescripción Adquisitiva – art. 65 de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008.Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) – nómina de funcionarios omisos de las declaraciones juradas de bienes e ingresos – art. 300 de la Ley 19.670 de 15 de octubre de 2018. Corte Electoral – avisos cuyo contenido se vincule a Partidos Políticos/Elecciones/Registro Cívico Nacional – art. 2 de la Ley 18.601 de 21 de setiembre de 2009.Otras publicacion |
Otras publicaciones sin costo |
Todos los avisos judiciales cuyo texto contenga aclaraciones o fe de erratas correspondientes a edictos ya publicados. |
Publicaciones |
Tarifas por cm (4) | ||
Documentos oficiales (resoluciones y otros) | 222.00 (*) | ||
(4) Precio para el centímetro por columna de 9,5 cm. | |||
(*) Precios con IVA 22% incluido. |
Se aplicará la siguiente tabla de descuentos por franjas, considerando la tarifa que corresponda: | |||
Tramos | Cantidad equivalente en Cm. de Avisos | Cantidad equivalente en Cm. de Documentos | Descuento |
pág. 21 a la pág. 30 | 1561 a 2340 | 1041 a 1560 | 10% |
pág. 31 a la pág. 40 | 2341 a 3120 | 1561 a 2080 | 25% |
pág. 41 a la pág. 50 | 3121 a 3900 | 2081 a 2600 | 75% |
pág. 51 en adelante | 3901 en adelante | 2601 en adelante | 100% |
Detalle técnico de la publicación
- Formato de la caja de cada página, 19,5 x 26 cm.
- La Sección Avisos se diagrama a tres columnas de 6,25 cm.
- La Sección Documentos se diagrama a dos columnas de 9,5 cm.
- El tipo de letra utilizado es Times, cuerpo 9 o Palatino, cuerpo 8.7. El interlineado es 9,5.
Aclaraciones de la publicación de los avisos y documentos
- Las publicaciones se realizarán en un plazo de hasta 48 horas de recibido el original en IMPO.
- Los avisos recibidos por el Sistema Electrónico de Publicaciones (SEP) se publicarán en un plazo de 24 horas a partir de ser validados.
- Se respetará fielmente el original recibido.
- Al momento de recibir el material a publicar, IMPO se reserva el derecho de no publicar avisos o documentos que por su presentación no sean legibles, se encuentren incompletos, presenten incongruencias o no cumplan con la normativa vigente.
- Los edictos deberán estar convalidados por el sello de la Sede y la firma del Juez o Actuario, y no podrán contener enmiendas, tachaduras o agregados que
no estén debidamente salvados por el firmante (Circular 32/2006 de la SCJ). - IMPO determinará la ubicación donde deban publicarse los avisos o documentos recibidos.
- IMPO podrá exigir la presentación en medio magnético de los originales que sean extensos.
- El proceso de diagramación del Diario, tanto en avisos como en documentos, puede dar lugar a diferencia en la medición manual de los centímetros.
Constancia de publicación
Esta constancia autenticada, impresa en papel de seguridad, cuenta con la conformidad de la Suprema Corte de Justicia (Circular 139/2012
de fecha 29 de octubre de 2012).
Copias adicionales |
Página de Sección Avisos ………………………………………………………………………… $ 47 c/u (*) |
Página de Sección Documentos …………………………………………………………………. $ 21 c/u (*) |
Servicio de búsqueda y sistematización de información
Consiste en brindar el acceso a información sistematizada, en soporte papel o electrónico, referida a la normativa y los avisos judiciales y
extrajudiciales contenidos en el Banco de Datos de IM.P.O., vinculada a una temática en particular, a requerimiento y según especificación
del cliente. Se determinará el valor del servicio de acuerdo con el alcance del trabajo y de sus requerimientos técnicos.
Servicio de análisis normativo documental y edición de productos editoriales
Consiste en compilar y editar normas o publicaciones relacionadas, con sus textos actualizados, y anotaciones y concordancias expresas.
El valor del servicio será determinado por la Dirección de IMPO, según el alcance del trabajo y de sus requerimientos técnicos.
Servicio de desarrollo de Base de Datos Institucional
Consiste en el desarrollo y actualización de una base de datos que incluya la normativa interna de instituciones, organismos, empresas y
dependencias estatales y paraestatales en general. El valor del servicio será determinado por la Dirección de IM.P.O., según el alcance del
trabajo y de sus requerimientos técnicos. Dicho valor podrá incluir la publicación en el Diario Oficial de los documentos que se incorporen
a esta base de datos.
OBSERVACIONES
(*) Valores con IVA 22% incluido.
(1) Precio total del aviso.
(2) Precio por publicación por centímetro de columna de 6,2 cm.
(3) Precio por publicación por página.
(4) Precio por publicación por centímetro de columna de 9,5 cm.