APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS TITULO II - DE LA COMPRAVENTA CAPITULO IV - DE LAS OBLIGACIONES DEL VENDEDOR
Artículo 1686
Las obligaciones del vendedor se reducen en general a dos, la entrega
o tradición y el saneamiento de la cosa vendida. (Artículos 758 y 769).
La tradición se verifica conforme a las reglas establecidas en el
Título III del Libro Tercero. (*)