APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO TITULO III - DE LA TRADICION
Artículo 758
La tradición o entrega, es la transferencia que hace una persona a
otra, de la posesión de una cosa, con facultad y ánimo de transferirle el
dominio de ella. (Artículos 1252, 1335, 1337 y 1680). (*)