MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Fe de erratas publicada/s: 30/03/1981.
Deróganse los artículos 11 y 12 del decreto 605/980, de 12 de noviembre de 1980, quedando el régimen sancionatorio a que aluden dichas normas sustituido por lo dispuesto en el artículo anterior, y por lo que al respecto establezca el estatuto del Registro de Boletos de Compraventa de Haciendas.Ayuda