Fecha de Publicación: 19/03/1981
Página: 934-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 30/03/1981.

Artículo 8

   Deróganse los artículos 11 y 12 del decreto 605/980, de 12 de
noviembre de 1980, quedando el régimen sancionatorio a que aluden dichas
normas sustituido por lo dispuesto en el artículo anterior, y por lo que
al respecto establezca el estatuto del Registro de Boletos de Compraventa
de Haciendas.
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