Fecha de Publicación: 05/04/1994
Página: 766-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 2

   Los avisos en los laterales se ubicarán por debajo del nivel de las
ventanillas y serán en un solo panel no excediendo las medidas de 2,60
metros de largo por 0,65 metros de alto.
   Los avisos estarán pegados o adosados firmemente a la superficie del
vehículo, no pudiendo exceder a ésta en más de 5 centímetros, ni
presentar salientes.
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