Fecha de Publicación: 11/04/1994
Página: 17-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 130/994

Renuévase la prohibición de Importación de vehículos, moticiclos usados y chassis y carrocerías usadas para vehículos automotores.
(677)

Ministerio de Economía y Finanzas
 Ministerio de Industria, Energía y Minería.
           
                                       Montevideo, 25 de marzo de 1994

     Visto: los Decretos Nros. 494/90, 583/90 y 316/92 por los cuales
se prohíbe la importación de vehículos usados, motociclos usados y chassis
y carrocerías usadas para vehículos automotores.

     Considerando: que se mantiene la situación que motivara el dictado de
las normas referidas, por lo que se entiende conveniente renovar la
prohibición de importación de dichos bienes.

     Atento: a lo dispuesto por el literal c) del inciso 2do. de la Ley
Nro. 12.670 del 17 de diciembre de 1959.

     El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

  Prohíbese por un plazo de 180 (ciento ochenta) días la importación de
vehículos usados de los items comprendidos en la subpartida NADISA
07.01.20 y en las partidas NADISA 87.02 - 87.03 y 87.04.  

LACALLE HERRERA - IGNACIO de POSADAS MONTERO - EDUARDO ACHE.
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