La toma de muestras se efectuará en el momento y condiciones que el
médico actuante estime mas convenientes y estará sujeta a las siguientes
normas:
a) Se tomarán muestras a los competidores que el expresado técnico
indique, cualquiera haya sido su participación en la competencia, o en
parte de ella. Tratándose de confrontaciones de dos equipos, se
tomarán muestras, además a dos competidores por equipo, como mínimo,
determinándose por sorteo entre todos los componentes del equipo
(titulares y suplentes) que hayan actuado en la competencia;
b) Todo competidor al que corresponda tomarle muestras deberá estar a
disposición del médico actuante desde el momento que este le de aviso
por medio del o de los jueces, o de un dirigente de la institución a
que pertenece. Si no se hiciere presente se dejará constancia de su
inasistencia en el formulario de toma de muestras.
c) Los clubes o instituciones organizadoras de las competencias
deberán proporcionar a los médicos encargados de la tomas de muestras,
un local apropiado a juicio de estos últimos.
d) Salvo casos excepcionales que se someterán a juicio del médico
actuante solamente podrán presenciar la toma de muestras, un delegado
y el médico perteneciente a la institución de cada deportista
designado, y un delegado federativo de la organización de la
competencia deportiva. El médico actuante determinará asimismo qué
funcionarios habrán de secundarle en las diversas operaciones,
teniendo en cuenta el sexo de los deportistas que deban someterse a
las mismas;
e) Cuando el material a recoger sea orina, el competidor deberá emitir
como mínimo setenta y cinco (75) centímetros cúbicos para que el
material se divida en dos partes (50 cc. mínimo para la muestra "A" y
25 cc mínimo para la muestra "B"), empleándose para ello el tiempo que
fuera necesario.
f) Una vez obtenido el o los materiales destinados al análisis, el
deportista dividirá en dos el material obtenido en proporciones
cualitativamente iguales, colocándolas en sendos recipientes que el
Departamento Médico proveerá al efecto. Se acondicionarán los dos
recipientes, con su contenido, de forma que haya un cierre inviolable.
Uno de ellos constituirá la muestra "A" a ser analizada, y el otro la
correspondiente muestra "B". Los recipientes llevarán adheridas
etiquetas con indicaciones de los números que estén de acuerdo con lo
que se establece respecto al FORMULARIO DE TOMA DE MUESTRAS.
g) Los recipientes conteniendo las muestras a que se refieren los incisos
precedentes, serán remitidos con la mayor brevedad posible, al
Laboratorio Químico, que deberá adoptar las precauciones necesarias
para su cuidado y conservación.
Durante la espera de la emisión de orina el médico actuante podrá
permitir que el competidor beba agua mineral natural o similares,
proporcionadas personalmente por un médico o un representante del
competidor o de la institución a la que pertenece, debiendo dejarse
constancia en el FORMULARIO DE TOMA DE MUESTRAS correspondiente, por
parte de dichas personas, de la clase de bebidas suministradas.