MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 5
El Directorio del Organismo podrá proponer adecuaciones del rubro 0 "Retribuciones Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias"; con el fin de ajustar
las retribuciones de su personal en períodos no menores de tres meses ni
mayores de cuatro.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del índice general de precios al consumo confeccionado por el Instituto Nacional de
Estadística, sus disponibilidades financieras y la política del Poder Ejecutivo en la materia.