Fecha de Publicación: 25/05/2000
Página: 242-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 La estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el
artículo precedente y la correspondiente regularización, tendrán vigencia
a partir del 1º de enero de 1998.
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