Fecha de Publicación: 28/07/2004
Página: 168-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 3

 La asignación de bienes, créditos, ingresos y obligaciones que las 
disposiciones actuales prevén respecto de las Unidades Ejecutoras 008 
"Dirección Nacional de Energía" y 011 "Dirección Nacional de Tecnología 
Nuclear" del Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería" serán 
transferidos de pleno derecho a la Unidad Ejecutora que se crea por el 
artículo 1º.
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