MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Declárase que el subsidio a cargo del Estado establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 16.286, de 22 de julio de 1992 no excederá de la suma equivalente en moneda nacional a U$S 250.000,oo (doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América).-Ayuda