Fecha de Publicación: 18/04/1978
Página: 137-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 190/978

Se establece un sistema de remuneración a los profesores que dictan cursos en los Centros de Enseñanza Naval.

Ministerio de Defensa Nacional.

                                       Montevideo, 11 de abril de 1978.

   Visto: la gestión presentada por el Comando General de la Armada por la
que se proponen normas referentes al pago de remuneraciones de las
materias a dictarse en los Centros de Enseñanza Naval.

   Considerando: I) Que por decreto 146 de fecha 19 de febrero de 1975, se
establecieron normas similares para retribución de profesores e
instructores que dictan clases en los Institutos de Enseñanza Militar del
Ejército;

   II) Que actualmente no existen disposiciones de esa naturaleza en la
Armada, regulándose el pago de profesores e instructores por diferentes
disposiciones internas del Arma, lo que hace necesario establecer un
sistema de remuneración que otorgue a los profesores un mismo tratamiento
en todos los Institutos de Enseñanza Militar.

   Atento: a los informes emitidos respectivamente, por la Dirección
Financiero-Contable y la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Las materias en los Centros de Enseñanza de la Armada, serán dictadas
por profesores o instructores categorizados de acuerdo con lo establecido
en el Capítulo 22, artículos 223 y 224 de la ley 14.157, Orgánica Militar,
según se determina en cada Plan de Estudios de los Centros de Enseñanza
Naval.

MENDEZ - WALTER RAVENNA.
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