Fecha de Publicación: 31/05/1984
Página: 329-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 15/06/1984.

Artículo 8

   La intervención de la Dirección de loterías y Quinielas a que se
refiere el artículo 6 de la ley 14.841, de 22 de noviembre de 1978, será
realizada mediante el contralor de la emisión en la forma que aquel
Organismo considere más conveniente. Esta intervención no exime a los
interesados de su responsabilidad por cualquier irregularidad en la
impresión de los bonos o boletos emitidos.
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